I Congreso Internacional “LA DESBANDÁ”. Un siglo de luchas populares antifascistas

 Mesa 2

“La perspectiva de los Derechos Humanos. Crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad en La Desbandá. Memoria del terror sobre la población civil. Testimonios, fuentes primarias y evidencias arqueológicas.”

Relato

 

Es una práctica habitual que el relato de la historia de una comunidad se diseñe desde la oficialidad del sistema imperante. Cuanto más en un estado con un régimen dictatorial, donde la pervivencia del sistema se sustenta en un control absoluto sobre todos los ámbitos de la vida.

Fueron prácticas arbitrarias y de opresión las que sostuvieron el régimen franquista durante la guerra de España 1936-1939 y la posterior dictadura de casi 40 años tras la finalización de dicha contienda. Aparte de someter la existencia de la población a sus dictados en aquella sombría y autárquica España, los vencedores de tan funesta guerra no sólo decidían qué sí o qué no acontecimientos, hechos, sucesos… podían ser divulgados, sino que incluso ejercieron un terror tan atroz y tan despiadado sobre los vencidos, que los familiares de las víctimas convivieron con su pena en la más absoluta reserva,  como forma de resistencia y supervivencia. En aquellos hogares donde familiares allegados fueron asesinados, desaparecidos, encarcelados… por el general golpista Franco, se impuso de manera implícita el silencio como modo de subsistencia y el hermetismo como confrontación al orden establecido. Todo ello con la esperanza, por qué no, de alcanzar alguna compensación en un futuro.

Entre los muchos crímenes cometidos por el franquismo, cabe hacer mención a  los cometidos durante el episodio conocido como “La Desbandá”, cuando ejércitos nazi-fascistas alemán e italiano y una parte del ejército de España que se rebeló contra el legítimo gobierno de la II República, acosaron, bombardearon y ametrallaron a cientos de miles de andaluzas y andaluces, en su gran mayoría civiles, que huían desde Málaga hacia Almería por la carretera N-340,  tras la entrada de las tropas franquistas en la ciudad malagueña en febrero de 1937.  Una vez en Almería se dieron diversas situaciones entre los recién llegados. Los más fueron acogidos principalmente en la Cataluña republicana, cuyas instituciones albergaron, atendieron y auxiliaron de manera eficiente al contar con una sanidad y una asistencia social altamente equipada y organizada. Dos años más tarde, en el invierno de 1939, por los mismos motivos y en las mismas circunstancias que en febrero de 1937, aquellas personas refugiadas en Cataluña, junto a medio millón más de republicanos españoles y ante el acoso de las tropas franquistas, se vieron obligados a cruzar la frontera hacia el exilio. Es lo que se conoce como “la Gran Retirada de 1939”.

Al pasar la frontera, después de  encontrarse con los campos de internamiento franceses, muchos continúan la lucha contra el fascismo en la II Guerra Mundial, bien uniéndose a la resistencia francesa, bien alistándose en los ejércitos aliados, lo que supondría para algunos, al ser capturados por el nazismo, acabar en campos de exterminio hitlerianos. Para algunos lo que empezó en Málaga, pasando por Almería, Cataluña… acabó en Mauthausen.

Muerto el dictador, era el nuevo sistema democrático el encargado de concretar las  expectativas retenidas durante décadas por gran parte de la sociedad en general y de las víctimas y sus familiares en particular, dando a conocer históricamente los hechos,  condenando los mismos, reconociendo y reparando el daño causado a las víctimas, haciendo justicia y castigando a los presuntos ejecutores.  Pero lejos de dar cumplimiento a aquellas aspiraciones legítimas interiorizadas en una gran parte de la opinión pública española, las instituciones de la recién estrenada democracia, conocedoras de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de leyes contempladas en el derecho penal internacional y de Estatutos de Tribunales Militares Internacionales, acrecientan aún más dolor entre las víctimas, con la aprobación de la Ley de Amnistía de 15 de octubre de 1977, mediante la cual se exime a las autoridades franquistas de cualquier responsabilidad política, civil o penal que hubieran podido cometer contra los derechos de las personas durante su mandato o  el ejercicio de su competencia. Esa Ley de Amnistía supone, que los crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos por el régimen franquista quedarían borrados para la historia judicial española.

Pero este intento de olvido oficial que se pretendió imponer con la Ley de Amnistía de 1977, despertó aquel silencio autoimpuesto y arrumado durante décadas y, aún con la incertidumbre de ser represaliados y represaliadas, aquellas experiencias dolorosas de un familiar asesinado,  desaparecido, fusilado, torturado, violentado…   fueron dadas a conocer, dentro del propio hogar con la mayor discreción posible, a posteriores descendientes de las víctimas. Son la apreciación y toma de conciencia de los hechos; la resignación y el estoicismo con que los familiares de primera generación tuvieron que arrinconar su pena; la abstracción del inmerecido sufrimiento de las víctimas; la idea del tormento a que fueron sometidas; la dureza y el rigor de la existencia familiar durante la dictadura; la hostilidad y el rechazo que tuvieron que soportar por una parte de la colectividad… lo que suscita, en la generación de los nietos, la urgencia de reparar el enorme daño ocasionado a sus antepasados más inmediatos, ante la inacción de las instituciones de la naciente democracia española.

Por tanto, las narrativas alternativas de estas experiencias dolorosas; los relatos memorísticos y las historias orales de testigos directo que los vencidos transmiten de generación en generación; la necesidad y la obligación moral de una parte de la ciudadanía de exigir a las instituciones que  esclarezcan aquellos deleznables hechos; las acciones de difusión de memoria colectiva; la reivindicación de una historia discorde a la oficial…  están haciendo que el canto y el relato empiecen a traducirse en acción política.

Valgan, a modo de ejemplo, los valiosísimos relatos orales,  de la familia del médico Cayetano Roldán fusilado en San Fernando; de los familiares de Andrés Rebolledo (exhumados en el cortijo El Marrufo, Jerez de la Frontera);  de los descendientes de José Bazán Viruez (fusilado en agosto de 1936 en Ubrique), que sobrevivieron a la larga dictadura franquista con sus consecuencias de resistencia y de las declaraciones de cientos de víctimas, algunas aún viven, que sobrevivieron a La Desbandá, para que la historia comience a escribirse en clave de Verdad, de Justicia y de Reparación. Sólo así, serán resarcidas en su dignidad todas las víctimas, los victimarios señalados y podrá verificarse que el cumplimiento de los Derechos Humanos se habrá concretado, como condiciones indispensables para garantizar en el futuro la “ No Repetición” de crímenes contra la humanidad.

Es una obligación de los Estados promover y dar protección a los DDHH para acabar con la impunidad, de modo que sobre los autores, inductores o conspiradores de crímenes de cualquier índole caiga todo el peso de la justicia interna de cada país y deben considerarse reprochables leyes de amnistía o acuerdos de paz que dispongan indultos para quienes hayan cometido delito de crímenes contra las personas, especialmente los consumados contra las mujeres en cuanto a abusos de tipo sexual de cualquier naturaleza. La justicia internacional es y debe ser subsidiaria con respecto a los procesos y mecanismos internos de salvaguarda de los derechos de las víctimas.